Todos los extranjeros que sean titulares de visa de residente indefinida expedida con anterioridad a la entrada en vigencia del Decreto 0834 del 24 de abril de 2013 (Disposiciones en materia migratorias de Colombia), deben solicitar el traspaso de la visa y luego deberán solicitar la cédula de extranjería cada cinco años.
Los pasaportes convencionales son válidos hasta el 24 de noviembre de 2015, sin embargo, se debe tener en cuenta la vigencia requerida para el ingreso a cada país y para los trámites de visa.