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AVISO IMPORTANTE.

  • Todos los extranjeros que sean titulares de visa de residente indefinida expedida con anterioridad a la entrada en vigencia del Decreto 0834 del 24 de abril de 2013 (Disposiciones en materia migratorias de Colombia), deben solicitar el traspaso de la visa y luego deberán solicitar la cédula de extranjería cada cinco años.
  • Los pasaportes convencionales son válidos hasta el 24 de noviembre de 2015, sin embargo, se debe tener en cuenta la vigencia requerida para el ingreso a cada país y para los trámites de visa.